
Seguridad Indistrial
La Ley 29783 (LSST) señala la obligación del empleador de implementar un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, que puede ser compartido por él o por varios empleadores y cuyo propósito es principalmente preventivo. Por otra parte, la
Ley 30222 establece que el patrón puede delegar las funciones y facultades necesarias en quien lo estime conveniente, pudiendo incluso celebrar contratos de arrendamiento con terceros regidos por el Código Civil.

Así, todas las empresas deben esforzarse por cuidar y mantener la salud de sus empleados, creando diferentes estrategias con la ayuda de personal capacitado de acuerdo a las dimensiones y necesidades de cada organización. Por ello, a través de Safety Health, proponemos la implantación de un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo acorde a la escala de su empresa, de acuerdo con la normativa nacional vigente, y recomendaciones para armonizarlo con la normativa OHSAS 18001. : 2007.